Si ha tenido un accidente debe saber que tiene derecho a una indemnización ajustada a Derecho. Además deben hacerse cargo de los gastos de rehabilitación y del importe de los daños materiales que le haya causado el accidente.

Si te ves involucrado en un accidente de tráfico como conductor, ocupante, motorista o peatón, recuerda que las lesiones se indemnizan en todo caso, salvo culpa exclusiva de la víctima…, por ello debes de contratrar a un abogado especialista en accidentes de tráfico.

Después de un accidente hay que acudir siempre a un hospital. Aunque usted no lo aprecie en un primer momento, existe la posibilidad de que haya lesiones internas de mayor o menor gravedad. De este modo se podrá acreditar el origen de las lesiones para su posterior valoración médica y reclamación de la indemnización.

En caso de accidente, el CONDUCTOR debe tratar de llegar a un acuerdo con el otro conductor implicado y cumplimentar el parte amistoso. En este documento se consignan los datos de las partes implicadas. También es importante conseguir datos de algún testigo y avisar a la Policía Local, Nacional o Guardia Civil  que tomarán nota del accidente, así como de las causas del mismo. El “atestado” constituye una prueba fundamental para determinar quién ha sido el responsable.

Basta con acreditar que no se ha sido causante del siniestro; en caso de versiones contradictorias también existe derecho a indemnización. Por otro lado, El hecho de carecer de seguro no priva al CONDUCTOR de indemnización si éste no provocó el accidente.

Si sufre alguna lesión en un accidente de tráfico como OCUPANTE de un automóvil, motocicleta, autobús urbano, taxi, etc… tiene derecho siempre a una indemnización por las lesiones sufridas en el mismo. Además de la cuantía legalmente establecida puede tener derecho a una segunda indemnización con cargo a la póliza de ocupantes o el Seguro Obligatorio de Viajeros.

Tu Abogado Accidentes de Circulación en Móstoles

Si usted es víctima de un ATROPELLO en un accidente de trafico en Móstoles, puede reclamar una indemnización por la lesión o lesiones causadas en el mismo. Es difícil que, ante un atropello, se declare responsabilidad exclusiva del peatón, dado que, según la ley, el conductor responde en virtud del riesgo creado.

Para presentar la demanda en vía civil : Un año y dicho plazo no empieza a contarse hasta que “el interesado no ha tenido exacto conocimiento del alcance de sus lesiones y posibilidad de ejercitar la acción”, esto es, desde LA CURACIÓN.

Daños materiales: cuentas con 7 días para informar a tu compañía de seguros. El plazo de la reclamación de estos daños es de 1 año.

Dentro de la indemnización por daños a las personas se le debe indemnizar por los siguientes conceptos:

1.- Los días que ha estado hospitalizado

2.- Los días que ha estado impedido para su ocupación habitual

3.- Los días que estando afectado por el accidente no le han impedido su ocupación habitual

4.- Los daños morales que le haya causado el accidente

5.- Las secuelas que le haya dejado el accidente

6.-Todas estas cantidades han de ser corregidas en función de sus circunstancias personales, económicas etc.

Para obtener la máxima indemnización debemos aportar no sólo el Informe del Médico Forense sino, en su caso, informes de otros especialistas en valoración del daño que contemplen todas y cada una de las secuelas del accidente.

En nuestro despacho nos encargamos de todo lo anterior y sólo cobramos cuando usted haya recibido su indemnización, por lo que el accidentado no tiene que adelantar ninguna cantidad para hacer pago de abogado y procurador.

Nos personamos por usted en los tribunales y ejercitamos las acciones civiles y/o penales que correspondan.

En cualquier caso, estamos encantados de analizar su caso particular de forma pormenorizada y de asesorarle de forma totalmente gratuita para lo que sólo tiene o bien que llamarnos o bien hacernos la consulta gratuita ON LINE.