PRINCIPALES CARACTERÍSTICAS DEL DELITO DE APROPIACIÓN INDEBIDA

Muchas veces oímos hablar del delito de apropiación indebida sin saber muy bien si se trata de un robo, un hurto, administración desleal o una estafa. Vamos a despejar estas dudas y a dejar claro en qué consiste este tipo de delito y cuáles son sus características para saber a qué atenernos y cómo actuar en caso de tener un problema de este tipo.

¿En qué consiste el delito de apropiación indebida?

La apropiación indebida es un delito contemplado en el Código Penal de España que se refiere al acto de tomar posesión o disponer de manera fraudulenta de bienes o fondos que pertenecen a otra persona, con la intención de obtener un beneficio personal o causar un perjuicio económico a terceros.

La apropiación indebida se explica en los artículos 252 y siguientes y es importante destacar que se produce cuando el autor recibe dinero, efectos, valores, etc. con la obligación de entregarlo o devolverlo a su legítimo dueño. Es decir, no se transmite la propiedad del bien a un tercero, sino que se le deja en depósito, comisión o administración con la obligación de entregarlos o devolverlos. El delito se produce, por tanto, cuando ese dinero o bienes en lugar de ser devueltos se incorporan a un patrimonio o se les da un destino distinto del que corresponde.

 

Características del delito de apropiación indebida.

Estos son algunos de los requisitos para hablar de este delito con propiedad:

  • Acción dolosa: para que se configure el delito de apropiación indebida, es necesario que el sujeto actúe de forma deliberada, con conocimiento y voluntad de apropiarse indebidamente de los bienes o fondos ajenos. Esto implica la intención de obtener un beneficio personal o causar un perjuicio económico a terceros.

 

  • Apropio sin consentimiento: el acto de apropiación debe realizarse sin el consentimiento o autorización del titular legítimo de dichos bienes.

 

  • Carácter patrimonial: la apropiación debe ser de bienes o fondos que tienen un valor económico. Puede tratarse de dinero en efectivo, cheques, bienes muebles, inmuebles u otros activos financieros.

 

  • Confianza o relación de custodia: para que se configure el delito de apropiación indebida, generalmente debe existir una relación de confianza o custodia entre el autor del delito y la víctima. Esto puede darse en situaciones como el encargo de gestionar los bienes o fondos de otra persona, la relación entre un empleado y un empleador, o cualquier otra relación en la que se haya confiado en la persona acusada de apropiación indebida.

 

  • Perjuicio económico: la conducta delictiva debe ocasionar un perjuicio económico a la víctima. Esto supone que la acción del autor debe privar a la víctima del disfrute, uso o disposición de los bienes o fondos que le pertenecen legítimamente.

 

  • Punibilidad: las penas por este delito pueden variar dependiendo del valor de lo apropiado y las circunstancias particulares del caso. En general, se establecen penas de prisión y multas proporcionales al perjuicio económico ocasionado.

 

  • Tipos agravados: existen casos en los que la pena se agrava como cuando el valor de la defraudación supera los 50.000 euros o afecta a un elevado número de personas. También en caso de reincidencia o si afecta al patrimonio artístico, histórico, cultural o científico.

 

 

Alzamiento de Bienes

TIPOS DE DELITOS DE ALZAMIENTO DE BIENES

Seguro que has escuchado más de una vez hablar del delito de alzamiento de bienes ¿pero sabes exactamente de qué se trata? ¿conoces los distintos tipos de este delito que existen? Vamos a aclararte todo lo referente a este delito económico y cómo se encuentra tipificado y regulado en el código penal.

 

¿Qué es el delito de alzamiento de bienes?

En España, el delito de alzamiento de bienes está relacionado con situaciones en las que una persona intenta eludir sus obligaciones económicas mediante la ocultación, transferencia o disposición fraudulenta de sus bienes. Es decir, es una infracción que comete un deudor cuando esconde su patrimonio y se declara insolvente con el objetivo de que un acreedor no pueda cobrar su deuda.

Para incurrir en este delito socioeconómico no importa si finalmente la persona logra o no su cometido de evasión o si se oculta total o parcialmente su patrimonio. El simple hecho de que el deudor, de forma consciente y teniendo conocimiento de sus deudas, intente ocultar o desprenderse de sus bienes con el fin de dificultar la obligación de pago, ya es un delito.

Se trata de un delito regulado en los artículos 257 a 258 del Código Penal y desde la reforma de 2015 se denomina delito de frustración de la ejecución.

Conoce los distintos tipos de alzamiento de bienes:

  • Tipo básico:

El tipo básico o genérico de alzamiento de bienes consiste en ocultar el patrimonio y declararse insolvente para obstaculizar el derecho de los acreedores a recuperar el crédito y se corresponde con el artículo 257.1 del Código Penal.  Un ejemplo sería cuando un deudor vende todos los bienes de su propiedad, con el objetivo de impedir al acreedor cobrar su deuda.

  • Tipo específico:

En este caso, además de impedir el cobro de la deuda a los acreedores, el alzamiento dificulta o impide una resolución judicial. Por lo tanto, la diferencia principal con el tipo básico es que aquí el ocultar los bienes sí tiene que provocar un resultado: la obstrucción de la justicia.

  • Tipo agravado:

Se produce en dos situaciones o casos posibles. El primero cuando la víctima, el acreedor, es una persona jurídico-pública, o la deuda corresponde a un derecho público. El segundo, cuando la deuda es superior a los 50.000 €, existe un abuso entre el delincuente y la víctima o afecta a un gran número de personas.

 

  • Tipo atenuado:

Existe un supuesto que disminuye la pena por incurrir en un delito de alzamiento de bienes y es cuando se presenta una declaración falsa o incompleta del patrimonio para dificultar la ejecución, pero no ocultan los bienes. Es importante resaltar que, si el deudor corrige la relación de bienes antes de que las autoridades descubran el error, no se podrá perseguir a esta persona por alzamiento de bienes.

 

 

Lógicamente cada caso de alzamiento puede tener circunstancias específicas y las sanciones penales pueden variar según la gravedad del delito. Siempre es recomendable buscar asesoramiento legal de expertos para obtener información actualizada y precisa sobre este tema.

abogado mostrando documentación

CÓMO TRAMITAR UNA HERENCIA PASO A PASO

El fallecimiento de un familiar es un trance difícil donde, además de lidiar con el dolor y el duelo, muchas veces tenemos que hacernos cargo de una serie de trámites y procedimientos legales relacionados con la herencia y los bienes dejados por el difunto. Esta situación puede resultar realmente complicada al encontrarnos tocados emocionalmente y, a menudo, sin conocimientos de los pasos que hay que seguir. Por esto queremos ofrecerte una breve guía informativa con las pautas fundamentales para afrontar este tipo de procesos de la forma más rápida y eficaz posible.

  1. Obtener el certificado de defunción y el de últimas voluntades.

Lo primero y fundamental es obtener el certificado de defunción del familiar fallecido. Este documento es emitido por las autoridades competentes y es necesario para iniciar cualquier procedimiento legal relacionado con la posible herencia. Puede solicitarse tanto presencialmente en el Registro Civil como de forma telemática.

En cuanto al certificado de últimas voluntades, es un documento, expedido por el Ministerio de Justicia, que detalla si una persona fallecida otorgó o no testamento y, en caso de haberlo hecho, indica ante qué Notario se formalizó dicho documento.

  1. Verificar si existe testamento.

Un paso básico es determinar si el fallecido dejó o no hecho un Testamento. Esto lo podremos comprobar, como decíamos, en el certificado de últimas voluntades. La forma de proceder será distinta si hay o no Testamento en vida.

  • Si existe Testamento: hay que obtener una copia del mismo y verificar si es válido. Para ello tenemos que acudir a la notaría donde se realizó el documento y pedir una copia autorizada, algo para lo que sólo los herederos están legitimados.
  • Si no existe Testamento: se aplicará la legislación sucesoria correspondiente. Los potenciales herederos, deberán acudir previamente a un Notario para realizar el acta de declaración de herederos intestados, que es un documento notarial mediante el cual se determina quienes resultan ser herederos de una persona fallecida sin testamento.

 

  1. Conseguir otra serie de documentos e información.

Es conveniente lograr el mayor número de documentos posibles que a posteriori ayuden a gestionar la herencia. Hablamos especialmente de toda la documentación relacionada con los bienes y las propiedades del fallecido. Esto puede incluir escrituras de propiedad, contratos, estados de cuenta bancarios, seguros de vida, certificados de circulación de vehículos… Tener esta información a mano facilitará el proceso de reparto de la herencia.

  1. Realizar un inventario de bienes.

Debemos conocer el activo y el pasivo que conforman la herencia. Para ello conviene asesorarse legalmente y hacer un inventario tanto de los bienes como de las deudas. Sólo así sabremos si nos conviene aceptar la herencia ya que, si la aceptamos y hay deudas, tendremos que responder con nuestros propios bienes.

  1. Partición de la herencia.

Llega el momento de distribuir la herencia ante Notario entre los herederos, según las disposiciones establecidas en el testamento o de acuerdo con la legislación sucesoria vigente. Esto puede implicar la transferencia de propiedades, dinero en efectivo, inversiones u otros activos.

  1. Pagar los impuestos.

Por supuesto, se deben tener en cuenta las obligaciones fiscales relacionadas con la herencia. Aquí, de nuevo, es recomendable buscar asesoramiento legal o fiscal para garantizar el cumplimiento acorde a la ley.

 

¿QUÉ ES EL TESTAMENTO VITAL Y CUÁLES SON SUS REQUISITOS?

¿Has escuchado alguna vez hablar del testamento vital? ¿Sabes si tiene algo que ver con el testamento sucesorio? ¿Te suena más el término “voluntades anticipadas”?  Vamos a despejar todas tus dudas para que tengas claro en qué consiste exactamente el testamento vital y los requisitos necesarios para llevarlo a cabo ya que en ocasiones varían según cada Comunidad Autónoma.</span

¿Qué es el testamento vital?

Hablamos de testamento vital o voluntades anticipadas para referirnos al documento mediante el cual una persona manifiesta sus deseos sobre los cuidados y tratamientos médicos futuros que pueda necesitar en caso de no poder manifestar libremente tu voluntad. Dicho de otro modo, mediante el testamento vital una persona dispone de su cuerpo mientras que con el testamento sucesorio hace lo propio con sus bienes.
Por tanto, se trata de un documento muy personal y delicado en el que se puede determinar desde si se van a querer donar los órganos en el momento del fallecimiento hasta, en caso de una enfermedad incapacitante, qué tratamientos se quieren recibir o si se prefiere ser incinerado o enterrado, por ejemplo.

Cada vez más personas se interesan por dejar claras sus voluntades en un testamento vital, los datos hablan por sí mismos: según los registros estatales del Ministerio de Sanidad hasta julio de 2022 en España se registraron  382.158 últimas voluntades.

¿Qué requisitos deben cumplirse y cómo se hace un testamento vital?

Antes de continuar cabe destacar que la ley que regula el testamento vital, últimas voluntades o instrucciones previas es la Ley 41/2002, de 14 de noviembre en su artículo 11. También debemos tener en cuenta que cada Comunidad Autónoma cuenta con su propia normativa y que a menudo el nombre del documento y su forma varía según dónde nos encontremos.

En todo caso, los requisitos mínimos que hay que cumplir para poder hacer un testamento vital son los siguientes:

  • Ser mayor de edad (o tener entre 16 y 18 años pero estar emancipado).

  • Estar plenamente capacitado, es decir, en pleno uso de las capacidades mentales.

  • Otorgarlo libremente sin ningún tipo de coacción.

  • Hacerlo por escrito.

En cuanto a la forma de llevar a cabo el documento existen tres maneras de hacerlo:

  1. Escritura pública ante Notario
  2. Redactar un documento privado ante tres testigos, que deben cumplir una serie de requisitos.

  3. En la Administración, ante un funcionario habilitado del Registro Autonómico.

Es importante saber, también, que puedes modificar o revocar tu testamento vital en cualquier momento ya que se entiende que cualquier persona, con el paso del tiempo y la acumulación de experiencias vitales, puede ver modificadas sus preferencias y deseos sobre cómo desea ser tratado en sus últimos momentos.

Ante cualquier duda lo mejor es acudir a profesionales que puedan asesorarte en la elaboración de un documento tan íntimo y personal. Hay que pensar también que estamos ante un documento de uso médico que dará tranquilidad a la familia y cuyo cumplimiento es obligatorio por parte del equipo médico

 

estafas en rrss

Las estafas en redes sociales

El timo de la estampita” sigue vigente pero los estafadores también se modernizan y cada vez emplean métodos más sofisticados. La tecnología y el entorno de Internet ha pasado a ser un campo muy fértil en el que desarrollar nuevas formas de estafas y muy especialmente las Redes Sociales donde los usuarios pasamos cada vez más horas al día. No es de extrañar que los delincuentes acudan allí donde pueden encontrar un gran número de posibles víctimas. Como estamos seguros de que no quieres ser una de ellas vamos a desgranar cuáles son hoy día las estafas más comunes en RRSS.

¿Cuáles son las estafas más habituales y en qué redes sociales?

Enlaces de phising en Twitter que llevan a sitios maliciosos, secuestro de perfiles, utilización de famosos para vender productos fraudulentos, supuestas ganancias de sorteos… Conseguir dinero, robar datos e instalar malware suelen ser los fines principales de las estafas en RRSS que a menudo son variantes de timos ya presentes hace años en nuestro correo electrónico. Estas son las más estafas más habituales en RRSS hoy día:

  • Catfhising: es el acto de utilizar identidades y perfiles online falsos usurpando la personalidad de alguien. Es una práctica muy común en Tinder y otras RRSS de ligoteo donde tras un match comienza una conversación real. El estafador emocional pasa a menudo a conseguir fotografías subidas de tono, desnudos, confesiones personales, datos íntimos, etc.

  • Creo que apareces en este video”: es un mensaje que puede que ya hayas recibido en Facebook por parte de algún conocido seguido de un enlace. Lo importante en este caso es que no abras ese enlace porque los estafadores que han comprometido la cuenta de tu amigo lo que buscan es que metas tus datos de inicio de sesión en un sitio falso. Con esos datos en su poder podrían tomar el control de tu cuenta, robarte la identidad y crear nuevas víctimas.

  • Clickbait: se trata de una imagen o texto diseñados para captar la atención del usuario y animarlo a hacer clic en un enlace o interactuar con un contenido, como un video. Ese contenido muy a menudo presenta una oferta del estilo de “última oportunidad, solo quedan 3”. No deja de ser una publicidad ficticia que busca atraer la mayor proporción de clics posibles y que puedes encontrarte en Instagram y Facebook entre otras redes.

  • Cracking de tarjetas: algunos estafadores utilizan las redes sociales para publicar oportunidades de ganar «dinero fácil» de una manera en apariencia legítima. Suelen pedir una tarjeta de débito y el PIN y/o el usuario y la contraseña para los servicios de banca móvil con el fin de depositar un cheque falso en la cuenta.

Medidas de seguridad para evitar estafas en RRSS.

Te damos algunos consejos para evitar caer en las estafas presentes en las plataformas sociales:

  • Estate alerta y sé crítico con los anuncios que ves en RRSS.

  • Si ves alguna oferta interesante no pinches en el enlace, visita el sitio web original por ti mismo.

  • Verifica la configuración de privacidad en tus RRSS.

  • Desconfía de todas aquellas publicaciones con faltas de ortografía.

  • No interactúes con extraños que profesen su amor al instante.

  • Evita siempre a cualquier persona que en las redes sociales te ofrezca dinero o pida que le envíes dinero.

  • No utilices las redes Wi-Fi públicas para conectarte a las redes sociales.

  • No aceptes solicitudes de amistad de desconocidos.

  • Proporciona información personal limitada.

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