Declaración de la Renta: deducción por hijos en custodia compartida

Con la Ley 15/2005, de 8 de julio, de reforma del Código civil en materia de separación y divorcio, se introduce en nuestro país la figura de la custodia compartida, que ya estaba implantada desde hace tiempo en otros países como Suecia, Francia, Canadá o Estados Unidos. La custodia compartida supuso que los hijos pasaran a vivir con los dos progenitores y no sólo con uno de ellos como sucede con la custodia única. Esta es una fórmula cada vez más habitual, y hoy vamos a hablar de cómo afecta a la declaración de la Renta y si es posible una deducción por hijos en custodia compartida. Te lo contamos. 

 

Deducción hijos por custodia compartida 

Tras un divorcio, la custodia compartida es una opción cada vez más generalizada y efectiva. Pero, a la hora de hacer la declaración de la Renta aún surgen muchas dudas. 

Son muchos los supuestos que pueden darse a la hora de determinar los beneficios que podrá aplicarse cada uno de los progenitores. Habrá que tener en cuenta cuál -o cuáles- de los progenitores convive con el descendiente y qué gastos de manutención soporta.

  • Si la guarda y custodia es compartida, y si no existen pensiones de alimentos a abonar, la solución será sencilla. Ambos cónyuges pueden aplicarse, en la proporción que les corresponde, el mínimo por descendientes, ya que ambos conviven con el descendiente.
  • En el caso de que en el régimen de custodia compartida sí se haya previsto el pago de alimentos, hay que referirse a la resolución del Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC), de 11 de septiembre de 2014, dictada en Unificación de Criterio. Esta resolución varió el criterio de Hacienda en estos casos, que hasta entonces era el de considerar incompatibles la aplicación del mínimo por descendientes y la fragmentación de la base imponible por las anualidades satisfechas. Hacienda consideraba, además, prioritaria la aplicación del mínimo por descendientes, no permitiendo a los contribuyentes optar entre uno u otro beneficio fiscal. Pues bien, a partir de la referida resolución, y en el caso de guarda y custodia compartida, con pago de alimentos, la aplicación del mínimo por descendientes y la fragmentación de la base imponible por las anualidades por alimentos satisfechas son compatibles entre sí, y no excluyentes.

 

Ahora ya sabes cómo funciona la deducción de hijos en custodia compartida y que, tras un divorcio, este es el sistema «normal e incluso deseable», como marca el Tribunal Superior desde el año 2013. ¿Necesitas ayuda para obtener la custodia compartida? En Abogado Arroyomolinos somos especialistas en derecho de familia y perfectos conocedores de los requisitos exigidos por el TS  tanto para conceder la custodia compartida como para denegarla.  Contacta con nosotros si quieres poner solución a tus problemas. 

 

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